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viernes, 29 de mayo de 2009

CIRCULACIÓN EN AUTOPISTAS
Está prohibido circular por las autopistas con vehículos de tracción animal, ciclos, ciclomotores, y vehículos especiales.
El carril extremo izquierdo debe utilizarse para el desplazamiento a la máxima velocidad admitida por la vía y para maniobras de adelantamiento.
No se permite estacionar ni detenerse para ascenso y descenso de pasajeros, ni efectuar carga y descarga de mercaderías, salvo en las dársenas construidas al efecto.
Los vehículos remolcados por causa de accidente, desperfecto mecánico, etc., deben abandonar la vía en la primera salida.

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