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viernes, 29 de mayo de 2009

ACTIVIDADES PROHIBIDAS
Está prohibido arrojar, depositar, o abandonar sobre la vía objetos o materias que puedan entorpecer la libre circulación, parada, o estacionamiento.
Quienes hubieran creado sobre la vía, voluntariamente o no, algún obstáculo o peligro, deben hacerlo desaparecer lo antes posible, adoptando, entre tanto, las medidas necesarias para que pueda ser advertido por los demás usuarios y para que no se dificulte la circulación.
Está prohibido arrojar a la vía o en sus inmediaciones cualquier objeto que pueda dar lugar a la producción de incendio.
Está prohibido la emisión de perturbaciones electromagnéticas, ruidos, gases, radiaciones y otros contaminantes en la vía, por encima de las limitaciones establecidas.

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