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viernes, 29 de mayo de 2009

CONDUCTORES, PEATONES Y ANIMALES
Los conductores tienen prioridad de paso para su vehículos, respecto de los peatones, salvo en los casos siguientes:
En los pasos para peatones debidamente señalizados, y en las esquinas de calles urbanas aun cuando no exista senda peatonal, donde deben cederles el paso en todo momento, siempre que no exista autoridad de control de tránsito o semáforo que regule el cruce. Se entiende que no se le cede el paso al peatón cuando se le corta su trayectoria.
Cuando vayan a girar con su vehículo para entrar en otra vía y haya peatones cruzándola, aunque no exista paso para éstos.
Cuando el vehículo cruce una banquina por el que estén circulando peatones que no dispongan de zona peatonal.
En las zonas peatonales, cuando los vehículos las crucen por los pasos habilitados al efecto, los conductores tienen la obligación de dejar pasar a los peatones que circulen por ellas.

También deberán ceder el paso:
A los peatones que vayan a subir o hayan bajado de un vehículo de transporte colectivo de personas, en una parada señalizada como tal, cuando se encuentren entre dicho vehículo y la zona peatonal o refugio más próximo.
A las tropas en formación, filas escolares o comitivas organizadas.

Los conductores tienen prioridad de paso para sus vehículos, respecto de los animales, salvo en los casos siguientes:
En los pasos debidamente señalizados.
Cuando vayan a girar con su vehículo para entrar en otra vía y haya animales cruzándola, aunque no exista pasos para éstos.
Cuando el vehículo cruce una banquina por la que estén circulando animales que no dispongan de pasos.

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